martes, 5 de enero de 2010

La regulación eléctrica: apagón obligado

En estos tiempos que vivimos, de calentamiento global, sequías y demás afectaciones climáticas, es de suma importancia cuidar nuestro ambiente y muy en especial los recursos naturales.

Cada día millones de habitantes del mundo, en especial los de países pobres, no reciben agua potable en sus hogares y muchísimos deben trasladarse durante horas bajo un inclemente sol para obtener un poco del preciado líquido para cocinar y asearse.

Es menester para todos los habitantes de este planeta tomar conciencia sobre nuestro futuro, ya que los mayores afectados serán nuestros hijos y nietos.

No ajeno a toda esta situación el gobierno venezolano ha tomado medidas para paliar la crisis energética, principalmente provocada por la extensa sequía que hemos sufrido en nuestro país a lo largo de 2009 y que ha llevado a niveles de emergencia los embalses para procesamiento y distribución de agua y represas destinadas a producir electricidad. El fenómeno "El Niño" ha acentuado la situación retardando el período de lluvias.

Entre esas medidas encontramos que el gobierno venezolano ha dedicado campañas mediáticas orientadas al ahorro energético y el racionamiento del servicio eléctrico, situación que nos parece positiva y que son medidas similares a las tomadas por otros países del globo.

No obstante, criticamos la forma en que se ha llevado y politizado la crisis energética, en especial con la publicación de la Resolución de Ahorro Energético, publicada en Gaceta Oficial Nro. 39332 del 21 de diciembre pasado. A continuación resumen de la misma, tal como publicamos en este mismo Blog hace días:

Medida 1
Industrias pesadas que consuman más de 5MW e industrias ligeras, Centros Comerciales o Residenciales que consuman al menos 2MW, deberán presentar un plan para reducir por lo menos en 20% el consumo eléctrico.

Medida 2
Todo los relacionados con publicidad exterior o publicidad luminosa, contenida en vallas y avisos tienen prohibición de usar lámparas y bombillos incandescentes y halógenos, deben ser sustituidos por bombillos ahorradores.

Medida 3
Empresas que usen publicidad exterior contenida en anuncios luminosos, podrán mantenerla encendida entre las 6 pm a 12 am.

Medida 4
Los Centros Comerciales sólo dispondrán de servicio eléctrico en el horario entre 9 am y 11 pm. Mientras que las salas de bingos y casinos, 6 pm a 12 am.

Pueden acceder a la nota original haciendo click en este enlace: http://bit.ly/5WGlGD

Las medidas 1 y 2 pueden ser consideradas acertadas, puesto que el parque industrial es un alto consumidor de energía, en relación a la publicidad exterior también suena una medida lógica y de relativamente fácil aplicación, aunque las empresas de publicidad deben trabajar a toda máquina para efectuar el reemplazo de los bombillos, pero la medida que nos causa más extrañeza y la vemos con mayor preocupación es la que afecta el horario de los centros comerciales.

Esto porque en nuestro país los centros comerciales, lejos de ser un sitio de compras y la máxima expresión de la economía capitalista (su razón de ser) se han convertido en un lugar de esparcimiento para la población que clama un lugar tranquilo y seguro donde hacer sus compras y pasear a sus niños bajo un seguro resguardo.

Dado que la delincuencia azota sin piedad todos los rincones del país, bajo la grotesca ignorancia de los políticos de turno, la sociedad civil ha buscado refugio en los grandes centros de compra a la vez que obtienen comida, estacionamiento y entretenimiento.

A este equipo de redactores ha causado mayor atención lo improvisado de esta resolución y la forma atropellada como ha sido puesta en práctica, a saber:

Analizando más a fondo la resolución nos encontramos que en su artículo 2 cita textualmente:

"...se procede a la regulación del horario de suministro de la energía eléctrica de la siguiente manera:

a) Los Centros Comerciales en un horario entre las 11:00 de la mañana hasta las 9:00 de la noche
b) Las Salas de Bingo y Casinos solo podrán utilizar el servicio eléctrico en un horario de 6:00 de la tarde hasta las 12:00 de la noche."

No entendemos la intención del redactor al colocar "horario de suministro de la energía eléctrica" porque textualmente se entiende que los centros comerciales y salas de bingo y casinos dispondrán de energía solo en el horario estipulado y que en el resto del tiempo NO gozarían de suministro eléctrico, sin embargo, al continuar leyendo encontramos:

"La infracción o violación a los horarios establecidos precedentemente, darán el derecho a la operadora del servicio eléctrico a realizar el corte del servicio por un período de 24 horas siguientes al incumplimiento. En caso de reincidencia, la suspensión del servicio eléctrico será por un lapso de 72 horas."

Aquí se contradice el redactor ya que en caso de restringir el suministro es imposible infringir el horario, sin embargo, consideran sanciones al suspender la energía por varias horas seguidas en caso de violación a la norma.

Entendemos entonces que la regulación obliga a los centros comerciales y salas de bingo y casinos a operar solamente en este horario, pero siguen contando con el servicio eléctrico durante las 24 horas.

Ahora bien, aclarada la situación del horario, encontramos otros inconvenientes:

Cines: en muchos centros comerciales funcionan salas de cines, las cuales, deben ajustar su horario al del centro donde están ubicadas, lo que se traduce en que si el cine pretende continuar con su actividad comercial deberá volver al casi extinto matiné.

Las discotecas: estos centros nocturnos prácticamente ven cercenada su actividad económica, dado que es difícil que el venezolano vaya de fiesta antes de las 9 de la noche.

Los restaurantes y bares: ser verían afectados aquellos con horario extendido para la cena y los que brindaban un "después de horas" a los trabajadores venezolanos para comer algo y tomar un trago.

Las luncherías y locales que venden desayuno: si algo caracteriza al venezolano es el ser trabajador y despertar temprano, aquellos obreros y empleados que disfrutaban su café y empanadas o sandwiches  en el local dentro del centro comercial ya no podrán hacerlo, deberán comer en su casa o esperar hasta las 11 am para desayunar. Estos centros de expendio de alimento también verán cercenada parte de su actividad a menos que vendan almuerzos y meriendas para compensar.

Los automercados: algunos automercados funcionan dentro de centros comerciales y deberán abrir, de igual forma, a las 11 am, lo cual crea un conflicto con la Ley de Seguridad y Soberanía Alimentaria, la cual obliga a garantizar el expendio de alimentos.

Estacionamientos: los empleados y obreros con vehículos que prestan servicios en zonas cercanas al centro comercial y que solían estacionar su vehículo dentro del mismo, ya no podrán estacionar sino hasta luego de las 11 am.

Oficinas públicas y privadas: algunos centros comerciales tienen anexas torres de oficinas o bien en algunas de sus plantas funcionan oficinas de empresas y de organismos públicos, tales como notarías, registros, Seniat, entre otros, además de bancos que deberán ajustar su horario de funcionamiento.

Salas de fiesta: estos locales no podrán estar abiertos hasta después de las 9 pm, por tanto, aquellas persona que habían reservado con mucha antelación para bodas, cumpleaños, fiestas corporativas y demás eventos, deberán replanificar hacia otro horario.

Consultorios médicos, farmacias y centros de salud: también encontramos dentro de algunos centros comerciales consultorios médicos, odontológicos y hasta clínicas y farmacias las cuales solo podrán recibir pacientes en el horario estipulado, haciendo imposible la atención de emergencias en los casos donde antes aplicaba.

En todo caso, el gobierno nacional ha debido considerar éstas y de seguro muchas otras consecuencias que esta medida puede traer, porque estamos completamente de acuerdo en cuidar al planeta y en ahorrar nuestra energía, pero lo que no apoyamos es hacerlo atropellando a los demás y cercenando la actividad económica de algunas empresas que, por cierto, pagan muchos impuestos.

Otra medida que consideramos está impactando en el consumo eléctrico es el cambio en el huso horario. Todavía no entendemos la razón de ser de aquel cambio implementado hace ya un par de años, sin embargo, lo que sí es cierto es que ahora las luces se encienden más temprano, debido a que la puesta de sol ocurre a las 6: 30 pm. Además, recordemos que hay una gran cantidad de venezolanos que disfrutan el servicio eléctrico y no lo pagan, situación frecuente en las barriadas y zonas populares.

No queremos aún evaluar el impacto en el empleo que esta regulación pueda ocasionar lo que sí nos queda claro, es que aquellos locales que no puedan operar van a cerrar sus puertas y sus trabajadores quedarán desempleados.

Esperemos que las próximas reuniones entre comerciantes, empresarios y el gobierno nacional lleguen a feliz término y que se pueda buscar una solución a este conflicto considerando a todas las partes, tanto por el bien de nuestro ecosistema, de nuestra energía y de nuestra economía.





No hay comentarios:

Publicar un comentario